domingo, 16 de agosto de 2020

QUE TODO HIJO DE VECINO PAGUE EL IBI

Web del Catastro donde se pueden consultar los pormenores

Como soy un aficionado a los mapas y por ende a patear las zonas de los mismos, especialmente por el campo, siempre he denunciado en este blog, nunca me he metido en libros de caballerías, primero porque no tiene uno edad para ello, y segundo porque creo que la administración que corresponda es la encargada de oficio de vigilar y adecuar su territorio y sobre todo recaudar sus impuestos. Sí, por el contrario, me considero afectado como ciudadano que paga todos sus impuestos -el que me conoce lo sabe, porque me llaman tonto algunos-, además estimo, que si exigimos a la Iglesia el pago del IBI, por señalar la institución más llamativa, la que tienen mayor territorio, habría que exigirlo también a todo hijo de vecino, sobre todo para ser equitativo.

En esta zona urbana pagan el IBI cinco propiedades, las señaladas

Al decir lo de los planos, siempre me llamaba la atención cuando miraba el plano catastral y veía que tal o cual cortijo, estaba declarado con un número de metros determinado y luego en la realidad, los que habían sido remozados, los metros reales, eran inmensamente mayores que los del impuesto de bienes inmuebles. Luego están las exenciones al impuesto que son muy variadas y son un coladero para mucho vivo. Transcribo un artículo de LA INFORMACIÓN de 28.05.2012, interesante por lo que aclara, pero sospecho que habrá mucho más.

La misma zona urbana y el resto de los que no pagan IBI, se puede ver la diferencia

“Pero, ¿quién paga el IBI?¿Qué ley regula su aplicación? ¿Hay otras excepciones además de la que dice la norma? ¿Cómo se escapan algunas instituciones de su cobro? La respuesta general pasa por que la Iglesia solo paga el IBI cuando un inmueble de su propiedad que se encuentre cedido genere un beneficio. Los sindicatos, por su parte, lo hacen sobre los locales de su propiedad. Lo que ocurre es que, según fuentes sindicales, la inmensa mayoría de sus dependencias pertenecen a Patrimonio del Estado, aunque ellos gozan de su cesión gratuita. De esta forma, el Ministerio de Empleo es quien se encarga de pagar el IBI de estos inmuebles.


El tercer gran bloque de polémica se centra en los partidos políticos, porque en el caso de que un local esté adscrito a una fundación o sociedad sin ánimo de lucro ya queda fuera de la obligación de pago. Eso incluye desde las organizaciones vinculadas a los partidos hasta la SGAE, pasando por ONGs y asociaciones sociales. ¿Cómo se llega a esta situación? Lo primero de todo es la ley básica. Y la del impuesto más importante de la contribución local (como la de todos los tributos municipales) se recoge en el Real Decreto 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Sin embargo, esta norma no es la única a tener en cuenta. También hay que tener encima de la mesa la Ley de Mecenazgo de 2002 y el Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede de 1979. La llamada Ley de Haciendas Locales recoge en su artículo 62 las exenciones aplicables exclusivamente al Impuesto de Bienes Inmuebles, estableciendo que están libres de su cobro los siguientes casos:


a) Los que sean propiedad del Estado, de las comunidades autónomas o de las entidades locales que estén directamente afectos a la seguridad ciudadana y a los servicios educativos o penitenciarios, así como los del Estado afectos a la defensa nacional. Es decir, desde comisaría a bibliotecas, pasando por cuarteles y todo lo que pertenezca al Ministerio de Defensa.
b) Los bienes comunales y los montes vecinales en mano común.
c) Los de la Iglesia Católica, en los términos previstos por el Acuerdo con la Santa Sede por el que están exentos de cualquier impuesto municipal "los templos y capillas destinados al culto y, asimismo, sus dependencias o edificios y locales anejos destinados a la actividad pastoral; la residencia de los obispos, de los canónigos y de los sacerdotes con cura de almas; los locales destinados a oficinas de la curia diocesana y a oficinas parroquiales; los seminarios destinados a la formación del clero diocesano y religioso y las universidades eclesiásticas en tanto en cuanto impartan enseñanzas propias de disciplinas eclesiásticas; y los edificios destinados primordialmente a casas o conventos de las órdenes, congregaciones religiosas e institutos de vida consagrada". También quedan exentos los de las asociaciones confesionales no católicas legalmente reconocidas. Lo que significa que mezquitas o sinagogas, por ejemplo, tampoco pagan.


d) Los de la Cruz Roja Española.
e) Aquellos que, en virtud de acuerdos internacionales, dejen como exentos los edificios pertenecientes a gobiernos extranjeros que se destinen a representación diplomática, consular o acción oficial.
f) La superficie de montes poblados con especies de crecimiento lento, cuyo aprovechamiento sea la madera o el corcho.
g) Los terrenos ocupados por líneas de ferrocarril y los edificios enclavados en ellos, siempre y cuando sean estaciones, almacenes o servicios indispensables para su explotación. Los bares de estación, así como otros establecimientos lucrativos, viviendas de empleados o las oficinas de la dirección sí que pagan el IBI. Además, existe la posibilidad de que, previa solicitud, queden exentos:


a) Los bienes inmuebles que se destinen a la enseñanza por centros docentes acogidos, total o parcialmente, al régimen de concierto educativo. Las universidades, por su parte, no están gravadas por el IBI si así lo piden
b) Los declarados expresa o individualizadamente monumento o jardín histórico y que sean parte del Patrimonio Histórico Español.
Y, por último, cada Ayuntamiento podría desarrollar una ordenanza fiscal para dejar fuera de cobro a los centros sanitarios.


La trampilla de la Ley de Mecenazgo. Por si no fuera poco con todo lo anterior, que deja fuera de tributación colegios, cuarteles, hospitales, iglesias, comisarías, estaciones de tren, consulados o centros universitarios, el Partido Popular aprobó en 2002 la Ley de Mecenazgo, por la que se incluye una exención en los tributos locales de todas las entidades acogidas a esta norma (y que deben comunicárselo a los municipios). 


Las figuras que se acogen a esta ley son las siguientes: las fundaciones; las asociaciones declaradas de utilidad pública; las organizaciones no gubernamentales de desarrollo de Cooperación Internacional para el Desarrollo; las delegaciones de fundaciones extranjeras inscritas en el Registro de Fundaciones; las federaciones deportivas españolas y sus divisiones territoriales y el Comité Olímpico Español; y las federaciones y asociaciones de las entidades sin fines lucrativos. Una lista que termina incluyendo a casi cualquier organización, ya sea una ONG hasta una fundación de una gran empresa o partido político.”


Se te queda cara de tonto cuando el Estado con las exenciones a este impuesto no reclama el mismo a una ingente cantidad de entidades y personas jurídicas y físicas que, si lo pagasen, la riqueza destinada al interés general sería mayor. Mi propuesta -sé que no sirve de nada-, sería que se derogaran todas las exenciones del impuesto, que de antemano lo pagase todo el mundo. No me sirve me digan, es que soy una entidad sin afán de lucro, porque respondería y qué afán de lucro tiene una vivienda de un par de jubilados que si lo pagan. Ninguna, no hay por dónde coger esto.


En los planos publicados solo expongo una pequeña porción de terreno de un ayuntamiento cualquiera, que tiene un diseminado perteneciente a su término municipal, en el que pueden verse situaciones claramente atípicas; todo un complejo de edificaciones, algunas de índole comercial que no están dentro de las que pagan, y son muchos metros. dos bloques en el que uno de ellos no paga la mitad del mismo. Una urbanización o parcelación en el que lo pagan tres parcelas me parece y hay seis propiedades distintas. Sin embargo al otro lado de la frontera, en el pueblo limítrofe se ve como paga IBI la generalidad, sin entrar en pormenores,  y como tal figuran en el plano.


En el caso de los bloques, estamos hablando de unos cincuenta y pocos euros al año por escasos setenta metros de vivienda, lo que cuestan un par de salidas a cenar. Las parcelaciones serán poco más. Se verían, de este modo, incrementadas las arcas municipales, y se podría atender al interés general con más alegría, porque dicho sea de paso los servicios dejan mucho que desear en el caso que conozco directamente, y eso sin profundizar mucho, sólo la parte visible de la cuestión, la nata de la leche. En una palabra que, pagando los impuestos correspondientes se podrían exigir al ayuntamiento en cuestión los servicios correspondientes a la ciudadanía. Pero el IBI es una ínfima parte de lo que se defrauda al Estado, en este caso por mala gestión, porque si nos metemos en las grandes corporaciones, o en familias reales es para llorar o peor para mear y no echar gota.

Fotografías de la web del Catastro e Internet
Bibliografía citda de la Información.

5 comentarios :

Canario dijo...

Este sin duda, es uno de los mayores focos de fraude en este país de pandereta, su no el mayor.

Lo de la Iglesia es vergonzoso, por cierto que lo de la "cura de almas" ya es digno de burlarse y reirse a mandíbula batiente de tamaña superchería y superstición ridicula...
Pero es que todas esa retahila de exenciones absurdas son las que hacen que el resto de mortales tengamos que pagar entre todos las parte de todos esos ladrones y defraudadores, de no ser así pagaríamos una fracción de lo que pagamos hoy (acabo de soltar cerca de 600€ y se lo que digo).
Lo dicho, país de pandereta y la superstición católica oficial la más insolidaria y ladrona...

Un saludo Paco, y que disfrutéis de vuestro "retiro campestre"

Antonio dijo...
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Paco Muñoz dijo...

Querido amigo Paco, cuando hablamos de incumplimientos siempre cargamos la tinta en las parcelaciones ilegales, que también, pero es que es tremendo como se escapan por este tema una ingente cantidad de dinero que podría revertir en el interés general. Con lo rentables que saldrían un cuerpo de inspectores de todo esto. Pero en fin es predicar en el desierto.
Un abrazo y muchas gracias por tus deseos.

Bubo dijo...

Me lo ha vuelto a recordar usted. Creo que el 20 es cuando pasan el recibo ¿no? Eso espero. Hace poco llamé al banco para asegurarme.

Los impuestos... Puff. Yo he tenido muchos rifirafes con gente por ese tema.

Paco Muñoz dijo...

Muchas gracias Bubo. Yo me pasé un día por un error y me cobraron un dineral de porcentaje, además de anular el segundo pago. Son muy complicados con los débiles y muy laxos con los grandes defraudadores. Saludos